- Mónica Giselle Amarilla Fleitas Facultad de Ciencias Médicas. Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
- Karina Giselle Cacace Vely Facultad de Ciencias Médicas. Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
- Luis Fernando Carnibella Patiño Facultad de Ciencias Médicas. Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
- Claudia Nataly Duarte Fariña Facultad de Ciencias Médicas. Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
- Marcelo Nicolás Martínez Bareiro Facultad de Ciencias Médicas. Universidad Nacional de Asunción, Paraguay
Resumen
Estimado Editor:
Los médicos acceden al conocimiento de datos confidenciales de sus pacientes y están obligados a mantenerlos en hermetismo (1).
La obligación del médico a la confidencialidad constituye un pilar en la relación médico paciente. La intimidad es un valor ético y jurídico amparado por la Constitución Nacional y en medicina es donde adquiere máxima sensibilidad. Se ha reconocido la importancia del secreto médico para estimular al paciente a hablar con entera libertad y para eso es necesario asegurarle que su información no será revelada sin su consentimiento (2, 3).
Se realizaron encuestas en casos donde el secreto médico cumple un rol fundamental. Participaron 42 médicos de distintos servicios del Hospital de Clínicas de San Lorenzo en el período de setiembre del 2017.
Fueron parte los internos, residentes y especialistas. Las edades de los participantes comprenden desde 24 a 61 años. Participaron 25 mujeres y 17 hombres.
Ante el caso 1: “Paciente VIH positivo se niega a revelar a su esposa el diagnóstico. Argumenta que contrajo el virus en relaciones extramatrimoniales, pero que ama a su esposa y tendrá todas las precauciones. Usted…“, el 45 % insistiría hasta que cuente a su esposa. El 17 % concertará citas continuadas y solicitará acompañamiento de la esposa para que le cuente sobre su situación, así como comunicará a autoridades (Figura 1).
Se aconseja intentar que el paciente comente sus resultados, pero no confiar que lo hará, aunque asegure. Si se niega, se recurre a una excepción del secreto profesional, ya que corresponde a un caso en donde manteniendo el silencio se da lugar a un perjuicio a otra persona. También se debe notificar a las autoridades sanitarias para el registro (1).
Ante el caso 2: “Paciente comenta que su exmujer tiene nueva pareja y que le daría una “lección donde le doliese”, refiere que no sería coincidencia si algo le sucediera a la hija. Luego ríe y dice que solo bromea. Usted debería:..”. El 48 % solicitará interconsulta y evaluación psicológica. Le sigue un 17 % que denunciaría al paciente con las autoridades; y una opción combinada de respuesta que involucra interconsulta y constar el hecho en la ficha clínica, por si ocurriese alguna tragedia (Figura 2).
Se recomienda una evaluación por especialista psiquiátrico o psicólogo, también hacer constar en la ficha clínica y denunciar ante las autoridades. Llama la atención que solo el 17 % hará constar en la ficha clínica por si llegase a ocurrir una tragedia. Un 48 % solo se inclinaría a derivar a interconsulta con especialista (1, 2).
Caso 3: “Mujer de 40 años, dice que ya no tiene ganas de vivir, que no tiene ninguna meta, que nadie se preocupa por su persona y sería mejor liberar al mundo de su existencia. Usted:..”. El 60 % intervendría inmediatamente y derivaría al especialista.
La mayoría respondió correctamente. No se debe minimizar tal situación, incluso si la persona no posee un perfil depresivo o características sugestivas. Intervenir inmediatamente y derivar con el especialista es de carácter esencial, de ser posible, acompañar al paciente hasta el servicio, ya que no se puede asegurar que asista a la consulta, debido a la estigmatización que representa consultar con un servicio de psiquiatría o psicología (3).
Frente al caso 4: “Una niña diagnosticada con una enfermedad. Resultó ser sobrina de un traumatólogo, colega del hospital y que no trata a la paciente; y él le pregunta el pronóstico. Usted:..”, el 52 % le diría al colega que solicitara explicaciones de la situación a los padres o encargados de la niña. En contraposición, un 31 % le comentaría el caso, ya que es médico y colega.
La mayoría respondió correctamente, diría al colega que solicite explicaciones de la situación a padres o encargados de la niña. Llama la atención que el 31 % respondió que le comentarían el caso, ya que es médico y colega. En este caso, podemos afirmar rotundamente que este proceder sí constituye una violación del acuerdo de confidencialidad (1, 4).
Caso 5: Llega la madre de una paciente de 22 años al consultorio. Le suplica, llorando, que le diga que le ocurre a su hija. Que ella es hipertensa y ya no puede con tanta incertidumbre. Usted…“. El 57 % solicitaría a la hija que si es su voluntad le explique a su madre su estado de salud. Seguidamente, el 29 % solicitaría una cita conjunta de la paciente y la madre para informarle sobre su salud.
Lo recomendable sería que el médico afirmase que no puede dar dicha información sin la autorización de la paciente, ya que ésta es mayor de edad. Llama la atención que solo el 3 % respondió que sugeriría a la madre que insistiese con su hija, que fue otra de las opciones propuestas del caso.
Cabe destacar que existen diferentes puntos de vista ante una misma situación en cuanto al correcto proceder, cada caso es una entidad única y específica que amerita un análisis detallado y minucioso; ya que constituyen circunstancias inesperadas en las que se debe tomar incluso decisiones rápidas (4, 5).
Agradecimientos
A nuestros familiares y profesores que día a día nos inculcan a ser excelentes médicos en el mañana, a la Revista Discover Medicine por permitir este espacio para el crecimiento de la investigación.
Conflictos de interés:
Los autores declaran no tener conflictos de interés.
Financiamiento:
Autofinanciado.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Fiorentino J. Secreto Profesional Médico [Internet]. Paideianet. 2018. Disponible en: http://www.paideianet.com.ar/sm.htm
2. Calderón E. La necesidad del secreto profesional: confidencialidad del médico y confianza del paciente [Internet]. Lexsanitaria. 2018. Disponible en: http://www.lexsanitaria.com/necesidad-secreto-profesional/
3. Cortesi M. bioetica & debat – Artículos [Internet]. Bioetica-debat.org. 2018. Disponible en: http://www.bioetica-debat.org/modules/news/article.php?storyid=93
4. González Torres D, et al. Compendio de Medicina Legal, Deontología y Bioética. Asunción, Paraguay: Editora Litocolor SRL; 2016.
5. De Mestral E. Manual de Bioética. 2nd ed. Asunción, Paraguay: EFACIM; 2009.
Publicado
ago 18, 2018
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AMARILLA FLEITAS, Mónica Giselle et al. Aplicación del secreto médico profesional en médicos del Hospital de Clínicas, 2017. Discover Medicine, [S.l.], v. 2, n. 1, p. 43-46, ago. 2018. ISSN 2521-5612. Disponible en: <https://www.revdiscovermedicine.com/inicio/article/view/74>. Fecha de acceso: 23 oct. 2021
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Número
Vol. 2 Núm. 1 (2018): Revista Discover Medicine
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